Si te has casado con una persona de otro país europeo o planeas hacerlo, seguramente te preocupa cómo gestionar vuestros bienes comunes. Los matrimonios internacionales dentro de la Unión Europea enfrentan desafíos únicos en cuanto al régimen económico matrimonial. Entiendo perfectamente esta preocupación, ya que asesoro regularmente a parejas que se encuentran en esta situación. La buena noticia es que desde 2019 existe un nuevo marco legal europeo que simplifica enormemente estas cuestiones. En este artículo, te explicaré detalladamente cómo funciona el nuevo régimen económico para matrimonios internacionales en la UE y qué debes tener en cuenta para proteger tu patrimonio.
¿Qué es el Nuevo Régimen Económico Matrimonial en la UE?
El Reglamento (UE) 2016/1103 del Consejo, aplicable desde el 29 de enero de 2019, establece un marco jurídico claro para determinar qué ley se aplica a los regímenes económicos de matrimonios internacionales. Este reglamento representa un avance significativo para las parejas transfronterizas, ya que antes existía una gran inseguridad jurídica.
Como abogado especializado en derecho de familia internacional, puedo afirmar que este reglamento ha simplificado enormemente mi trabajo con parejas mixtas, eliminando muchas de las complicaciones que antes surgían cuando los cónyuges tenían diferentes nacionalidades o residían en distintos países de la UE.
El reglamento se aplica en 18 Estados miembros que participaron en la cooperación reforzada:
- Alemania
- Austria
- Bélgica
- Bulgaria
- Chipre
- Croacia
- Eslovenia
- España
- Finlandia
- Francia
- Grecia
- Italia
- Luxemburgo
- Malta
- Países Bajos
- Portugal
- República Checa
- Suecia
Criterios para determinar la ley aplicable en matrimonios transfronterizos
Uno de los aspectos más importantes del nuevo régimen económico para matrimonios internacionales es la determinación de la ley aplicable. El reglamento establece una serie de criterios jerárquicos:
1. Elección voluntaria de los cónyuges
Los cónyuges pueden elegir la ley aplicable a su régimen económico matrimonial, siempre que sea una de las siguientes:
- La ley del Estado donde ambos o uno de ellos tenga su residencia habitual
- La ley del Estado de nacionalidad de cualquiera de los cónyuges
Esta elección debe hacerse mediante acuerdo por escrito, fechado y firmado por ambos cónyuges. En mi práctica profesional, siempre recomiendo formalizar este acuerdo ante notario para garantizar su validez en todos los Estados miembros.
2. Criterios en ausencia de elección
Si los cónyuges no eligen la ley aplicable, se aplicarán los siguientes criterios en orden:
- Primera residencia habitual común tras la celebración del matrimonio
- Nacionalidad común en el momento de celebrar el matrimonio
- Vínculos más estrechos con un Estado determinado
Ventajas del nuevo sistema para parejas internacionales en la UE
El nuevo régimen económico matrimonial en la UE ofrece numerosas ventajas para los matrimonios internacionales:
- Seguridad jurídica: Se aplican las mismas normas en todos los Estados participantes
- Previsibilidad: Los cónyuges pueden conocer de antemano qué ley regulará sus relaciones patrimoniales
- Autonomía de la voluntad: Posibilidad de elegir la ley aplicable
- Simplificación de procedimientos: Un único tribunal será competente para todos los asuntos relacionados con el régimen económico
- Reconocimiento automático de resoluciones entre Estados miembros
En mi experiencia asesorando a parejas internacionales, he comprobado que esta claridad normativa reduce significativamente los conflictos y facilita tanto la planificación patrimonial como los procesos de divorcio cuando estos se producen.
Capitulaciones matrimoniales en matrimonios internacionales europeos
Las capitulaciones matrimoniales adquieren especial relevancia en el contexto de los matrimonios internacionales. Este documento permite a los cónyuges:
- Elegir expresamente la ley aplicable a su régimen económico
- Establecer un régimen económico específico (separación de bienes, gananciales, etc.)
- Regular aspectos particulares de sus relaciones patrimoniales
Requisitos formales de las capitulaciones
Para que las capitulaciones matrimoniales sean válidas en el contexto del nuevo régimen económico para matrimonios internacionales en la UE, deben cumplir ciertos requisitos formales:
- Documento escrito
- Fechado y firmado por ambos cónyuges
- Preferiblemente formalizado ante notario
Como abogado especialista en esta materia, siempre aconsejo a mis clientes formalizar las capitulaciones ante notario y registrarlas en el Registro Civil correspondiente para garantizar su plena eficacia.
Implicaciones prácticas del régimen económico en matrimonios transfronterizos
El régimen económico matrimonial tiene importantes implicaciones prácticas para las parejas internacionales:
Durante el matrimonio
- Titularidad de los bienes adquiridos
- Gestión del patrimonio común
- Responsabilidad frente a deudas
- Necesidad de consentimiento del cónyuge para ciertos actos
En caso de disolución del matrimonio
- Reparto de bienes
- Liquidación del régimen económico
- Compensaciones económicas
He observado que muchas parejas internacionales no son conscientes de estas implicaciones hasta que surge un conflicto. Por eso, siempre recomiendo asesorarse previamente para evitar sorpresas desagradables.
Competencia judicial en asuntos de régimen económico matrimonial
El Reglamento UE sobre regímenes económicos matrimoniales también establece normas claras sobre qué tribunales son competentes para resolver conflictos relacionados con el régimen económico:
- En caso de fallecimiento de un cónyuge: los tribunales competentes para la sucesión
- En caso de divorcio o separación: los tribunales que conozcan de estos procedimientos
- En otros casos: los tribunales del Estado miembro de residencia habitual común, última residencia habitual si uno aún reside allí, residencia habitual del demandado o nacionalidad común
Reconocimiento y ejecución de resoluciones entre países de la UE
Una de las grandes ventajas del nuevo régimen para matrimonios internacionales en la UE es el reconocimiento automático de las resoluciones judiciales entre Estados miembros. Esto significa que una sentencia dictada en España sobre el régimen económico matrimonial será reconocida en Italia, Francia o Alemania sin necesidad de procedimientos adicionales.
Para la ejecución de resoluciones, se establece un procedimiento simplificado que facilita enormemente la efectividad práctica de las decisiones judiciales en todo el territorio de aplicación del Reglamento.
Casos prácticos sobre el régimen económico en matrimonios internacionales
Para ilustrar mejor cómo funciona el nuevo régimen económico matrimonial en la UE, veamos algunos ejemplos prácticos:
Caso 1: Matrimonio hispano-alemán sin acuerdo previo
María (española) y Hans (alemán) se casan en 2020 y establecen su primera residencia habitual en Madrid. No han elegido expresamente la ley aplicable a su régimen económico. En este caso, se aplicará la ley española (lugar de primera residencia habitual común tras el matrimonio), lo que significa que, por defecto, su régimen será el de gananciales.
Caso 2: Matrimonio franco-italiano con capitulaciones
Sophie (francesa) y Marco (italiano) se casan en 2021. Antes del matrimonio, firman capitulaciones matrimoniales eligiendo la ley francesa como aplicable a su régimen económico y optando por el régimen de separación de bienes. Aunque establezcan su residencia en Italia, su régimen económico se regirá por la ley francesa y será el de separación de bienes.
Preguntas frecuentes sobre el régimen económico en matrimonios internacionales
¿Podemos cambiar la ley aplicable a nuestro régimen económico matrimonial después de casarnos?
Sí, el Reglamento UE sobre regímenes económicos matrimoniales permite a los cónyuges cambiar la ley aplicable en cualquier momento durante el matrimonio. Este cambio solo tendrá efectos hacia el futuro, salvo que los cónyuges establezcan expresamente su efecto retroactivo, siempre que no perjudique derechos de terceros.
¿Qué ocurre con los matrimonios internacionales celebrados antes de 2019?
El nuevo régimen económico para matrimonios internacionales en la UE se aplica a los matrimonios celebrados a partir del 29 de enero de 2019. Para matrimonios anteriores, se aplicará a los efectos patrimoniales producidos después de esta fecha. Los cónyuges casados antes de 2019 también pueden elegir expresamente someterse al nuevo régimen mediante acuerdo.
¿Cómo afecta este reglamento a los bienes inmuebles situados en diferentes países?
Una de las grandes ventajas del nuevo régimen económico matrimonial en la UE es que la ley aplicable rige para todos los bienes de los cónyuges, independientemente de su naturaleza y ubicación. Esto significa que los inmuebles situados en diferentes países de la UE estarán sometidos a la misma ley, evitando la fragmentación del régimen económico.
Conclusión: La importancia de planificar el régimen económico en matrimonios internacionales
El nuevo régimen económico para matrimonios internacionales en la UE ha supuesto un avance significativo en la seguridad jurídica de las parejas transfronterizas. Sin embargo, para aprovechar plenamente sus ventajas, es fundamental planificar adecuadamente y asesorarse con profesionales especializados.
En mi experiencia como abogado especializado en derecho de familia internacional, he comprobado que una correcta planificación del régimen económico matrimonial evita conflictos futuros y protege el patrimonio de ambos cónyuges. No dudes en contactar con un especialista si te encuentras en esta situación o tienes dudas sobre cómo te afecta esta normativa.
Recuerda que cada caso es único y requiere un análisis personalizado, pero contar con el marco común que proporciona el reglamento europeo facilita enormemente la gestión patrimonial en los matrimonios internacionales dentro de la UE.


