La pandemia y custodia compartida ha generado un escenario sin precedentes para miles de familias separadas. Como abogado especializado en derecho de familia, he visto cómo la flexibilidad judicial durante la crisis sanitaria se ha convertido en un elemento crucial para padres que comparten la custodia de sus hijos. Entiendo perfectamente la angustia que has podido sentir al ver alterados los acuerdos de visitas por las restricciones de movilidad o cuarentenas. En este artículo, te ofrezco una guía completa sobre cómo la justicia ha adaptado sus criterios durante este periodo excepcional y qué herramientas legales tienes a tu disposición para proteger tus derechos como progenitor sin descuidar el bienestar de tus hijos.
Impacto de la crisis sanitaria en los regímenes de custodia compartida
La emergencia sanitaria mundial ha trastocado prácticamente todos los aspectos de nuestra vida cotidiana, y los acuerdos de custodia no han sido una excepción. Las medidas de confinamiento, las cuarentenas preventivas y el cierre de colegios han puesto a prueba los sistemas de convivencia alternada establecidos antes de la crisis.
Durante los momentos más críticos de la pandemia, muchos padres se encontraron ante situaciones como estas:
- Imposibilidad de realizar intercambios por restricciones de movilidad
- Conflictos sobre si mantener o suspender temporalmente las visitas
- Desacuerdos sobre protocolos de seguridad entre domicilios
- Compensación de tiempos perdidos con uno de los progenitores
Desde mi experiencia asesorando a familias durante este periodo, he observado que los tribunales han priorizado dos principios fundamentales: la protección de la salud del menor y el mantenimiento del vínculo con ambos progenitores, buscando un equilibrio entre ambos.
Adaptación de los criterios judiciales durante la emergencia sanitaria
Los juzgados de familia han demostrado una notable capacidad de adaptación ante la crisis sanitaria, estableciendo nuevos criterios interpretativos para los regímenes de custodia. El Consejo General del Poder Judicial emitió recomendaciones específicas que han servido como guía para los magistrados en todo el territorio.
Principios rectores de la flexibilidad judicial
Los tribunales han aplicado principalmente estos criterios:
- Proporcionalidad: Las limitaciones al régimen de visitas deben ser proporcionales al riesgo sanitario real
- Temporalidad: Cualquier modificación tiene carácter provisional y revisable
- Compensación: Establecimiento de mecanismos para recuperar el tiempo perdido con uno de los progenitores
- Comunicación alternativa: Fomento de videollamadas y otros medios cuando el contacto físico no sea posible
Como abogado especializado en custodia compartida, he comprobado que los jueces han valorado especialmente la actitud colaborativa de los progenitores durante la crisis. Aquí es donde la mayoría comete errores: utilizar la situación sanitaria como excusa para obstaculizar la relación del menor con el otro progenitor puede volverse en contra en futuros procedimientos judiciales.
Marco legal aplicable a la custodia durante periodos de emergencia
Aunque no existía una legislación específica para situaciones de pandemia en relación con la custodia compartida, los tribunales han aplicado los principios generales del derecho de familia, adaptándolos a las circunstancias excepcionales:
- El artículo 92 del Código Civil, que establece el interés superior del menor como criterio fundamental
- La Ley Orgánica 1/1996 de Protección Jurídica del Menor, especialmente en lo relativo al derecho del niño a relacionarse con ambos progenitores
- El artículo 158 del Código Civil, que permite al juez dictar medidas urgentes para evitar perjuicios a los menores
La jurisprudencia generada durante este periodo ha sentado precedentes importantes que probablemente influirán en la resolución de futuros casos de modificación de medidas por circunstancias excepcionales, más allá del contexto pandémico.
Resoluciones judiciales destacadas durante la crisis
Varios juzgados de familia dictaron autos y sentencias que han marcado la pauta sobre cómo interpretar los regímenes de custodia en situaciones de emergencia sanitaria. Entre las más relevantes:
- Sentencias que establecen la necesidad de mantener los intercambios siempre que no exista un riesgo directo para la salud
- Resoluciones sobre compensación de periodos no disfrutados por restricciones
- Autos que establecen protocolos específicos para los intercambios durante periodos de alerta sanitaria
Suelo advertir a mis clientes que estas resoluciones, aunque no constituyen jurisprudencia vinculante del Tribunal Supremo, sí representan una orientación clara sobre cómo los tribunales abordan estas situaciones excepcionales.
Herramientas legales para padres ante alteraciones del régimen de custodia
Si te has encontrado con dificultades para ejercer tu derecho de visitas o custodia durante la emergencia sanitaria, existen varios mecanismos legales a tu disposición:
Procedimientos de medidas urgentes
El artículo 158 del Código Civil permite solicitar medidas urgentes cuando existe riesgo para el menor o se están vulnerando sus derechos fundamentales. Durante la pandemia, muchos juzgados habilitaron servicios de guardia específicos para atender estas situaciones.
Modificación temporal de medidas
Se trata de un procedimiento más ágil que la modificación definitiva, pensado para situaciones transitorias como las derivadas de una crisis sanitaria. Permite adaptar temporalmente el régimen de custodia a las circunstancias excepcionales.
Mediación familiar
La mediación se ha revelado como una herramienta especialmente útil durante la pandemia, permitiendo a los progenitores alcanzar acuerdos rápidos y adaptados a las circunstancias cambiantes sin necesidad de acudir a los tribunales.
¿Sabías que puedes solicitar una revisión judicial si tu ex incumple sistemáticamente el régimen acordado durante la pandemia? Estos incumplimientos, si son reiterados y no están justificados por razones sanitarias objetivas, pueden ser determinantes en futuros procedimientos de modificación de medidas.
Criterios para la adaptación flexible de los regímenes de custodia
La flexibilidad judicial en materia de custodia durante periodos de crisis se ha basado en una serie de criterios que conviene conocer:
- Situación epidemiológica concreta de la zona donde residen los progenitores y el menor
- Existencia de personas de riesgo en alguno de los domicilios
- Posibilidad real de cumplir las medidas sanitarias durante los intercambios
- Historial previo de colaboración entre los progenitores
- Edad del menor y su capacidad para comprender la situación excepcional
En estos procesos, lo más importante es documentar adecuadamente cualquier circunstancia que justifique una alteración temporal del régimen establecido, así como las propuestas alternativas que garanticen el contacto con ambos progenitores.
Recomendaciones prácticas para gestionar la custodia en tiempos de crisis
Basándome en mi experiencia asesorando a padres durante la emergencia sanitaria, te ofrezco estas recomendaciones prácticas:
- Mantén una comunicación clara y documentada con el otro progenitor sobre cualquier incidencia relacionada con la salud o las restricciones
- Propón alternativas viables cuando el régimen habitual no pueda cumplirse
- Facilita el contacto telemático cuando las visitas presenciales no sean posibles
- Elabora un «plan de contingencia» consensuado para futuras situaciones similares
- Prioriza siempre el bienestar emocional del menor, evitando trasladarle conflictos o ansiedades
Veamos cómo enfocar esta fase para no perjudicar al menor: la clave está en mantener la normalidad dentro de lo excepcional. Los niños necesitan rutinas y certezas, especialmente en momentos de crisis. Por ello, es fundamental que ambos progenitores transmitan un mensaje coherente sobre las adaptaciones temporales del régimen de visitas.
El futuro de la custodia compartida tras la experiencia pandémica
La crisis sanitaria ha dejado importantes lecciones sobre la adaptabilidad de los regímenes de custodia ante situaciones imprevistas. Es probable que en el futuro veamos:
- Convenios reguladores que incluyan cláusulas específicas para situaciones de emergencia
- Mayor aceptación judicial de herramientas tecnológicas como complemento a las visitas presenciales
- Protocolos estandarizados para la gestión de la custodia en crisis sanitarias u otras emergencias
- Mayor valoración de la capacidad de adaptación y cooperación de los progenitores
Como profesional del derecho de familia, considero que la experiencia vivida durante la pandemia ha reforzado la importancia de la corresponsabilidad parental y la necesidad de contar con mecanismos flexibles que permitan adaptar los regímenes de custodia a circunstancias excepcionales sin perder de vista el interés superior del menor.
Preguntas frecuentes sobre flexibilidad judicial en custodia durante crisis sanitarias
¿Puede un progenitor suspender unilateralmente las visitas alegando motivos sanitarios?
No. Salvo que exista un riesgo inmediato y objetivo para la salud del menor (como un contagio confirmado), la suspensión unilateral del régimen de visitas puede considerarse un incumplimiento. Lo recomendable es buscar un acuerdo temporal con el otro progenitor y, si no es posible, solicitar medidas urgentes al juzgado. Los tribunales han sido especialmente severos con quienes han utilizado la pandemia como excusa para obstaculizar el contacto del menor con el otro progenitor.
¿Cómo se compensan los periodos de custodia perdidos durante la pandemia?
Los juzgados han adoptado diversos criterios de compensación, desde la recuperación día por día hasta sistemas proporcionales. La flexibilidad judicial en materia de compensación ha dependido de factores como la duración del periodo afectado, la edad del menor y la disponibilidad real de ambos progenitores. Es recomendable proponer un plan de compensación razonable antes de acudir a los tribunales, ya que la actitud colaborativa es muy valorada por los jueces.
¿Qué ocurre si las restricciones afectan de forma desigual a los domicilios de los progenitores?
En casos donde las restricciones de movilidad o las medidas sanitarias afectan de manera diferente a los domicilios de los progenitores, los tribunales han aplicado el principio de adaptación temporal del régimen de custodia a las circunstancias concretas. Esto puede implicar periodos más prolongados con uno de los progenitores durante las restricciones, compensados posteriormente, o adaptaciones del punto de intercambio para facilitar el cumplimiento de las limitaciones de movilidad.
Conclusión: Lecciones aprendidas sobre la flexibilidad en la custodia compartida
La pandemia ha puesto a prueba los sistemas de custodia compartida, revelando tanto fortalezas como debilidades en su aplicación práctica. Como hemos visto, la flexibilidad judicial ha sido determinante para adaptar los regímenes establecidos a una situación sin precedentes, priorizando siempre el bienestar de los menores.
Si estás enfrentando dificultades con tu régimen de custodia derivadas de la crisis sanitaria o cualquier otra circunstancia excepcional, recuerda que existen herramientas legales específicas para proteger tus derechos como progenitor. La clave está en mantener una actitud colaborativa, documentar adecuadamente las incidencias y buscar siempre soluciones que garanticen el derecho del menor a mantener una relación normalizada con ambos padres.
En GuardayCustodiaCompartida.com entendemos los desafíos únicos que enfrentan las familias en tiempos de crisis. Nuestra experiencia asesorando a padres durante la pandemia nos ha permitido desarrollar estrategias efectivas para adaptar los regímenes de custodia a circunstancias cambiantes, siempre dentro del marco legal y velando por el interés superior del menor.


