Caso Real: ¿Por Qué Sigo Pagando Pensión con Custodia Compartida? Análisis Legal y Soluciones

Cuando Marcos me contactó hace tres meses, estaba completamente desconcertado. «¿Por qué sigo pagando pensión teniendo custodia compartida?«, me preguntó visiblemente frustrado. Su caso no es único. Como abogado especializado en derecho de familia, recibo semanalmente consultas similares de padres y madres que no comprenden por qué, a pesar de compartir equitativamente el tiempo con sus hijos, siguen obligados a realizar transferencias mensuales a su ex pareja. Entiendo perfectamente esta confusión y la sensación de injusticia. Te aseguro que existen soluciones legales para estos casos, y en este artículo analizaremos en profundidad las razones jurídicas detrás de esta aparente contradicción y las vías para modificar esta situación.

El caso real de Manuel: custodia compartida con pensión de alimentos

Manuel, ingeniero de 42 años, acudió a mi despacho con una situación que refleja perfectamente esta problemática. Tras su divorcio, consiguió establecer un régimen de custodia compartida por semanas alternas con sus dos hijos de 8 y 11 años. Sin embargo, el juez estableció que debía abonar 350€ mensuales a su ex esposa en concepto de pensión alimenticia, a pesar de que ambos compartían el mismo tiempo con los menores.

«No entiendo por qué pago pensión si tengo custodia compartida«, me repetía Manuel en cada consulta. Su perplejidad es comprensible, pues existe la creencia generalizada de que la custodia compartida implica automáticamente la eliminación de la pensión de alimentos. Nada más lejos de la realidad.

¿Por qué se sigue pagando pensión con custodia compartida? Fundamentos legales

La respuesta a esta pregunta se encuentra en el propio Código Civil y en la jurisprudencia del Tribunal Supremo. La custodia compartida no elimina automáticamente la obligación de pagar alimentos. El artículo 93 del Código Civil establece que el juez determinará la contribución de cada progenitor para satisfacer los alimentos de los hijos, adoptando las medidas convenientes para asegurar la efectividad de estos pagos.

Desde mi experiencia como abogado especialista en custodia compartida, puedo afirmar que los tribunales aplican el principio de proporcionalidad, considerando principalmente dos factores:

  • La capacidad económica de cada progenitor: diferencias salariales significativas
  • El interés superior del menor: mantener un nivel de vida similar en ambos hogares

El desequilibrio económico como justificación principal

En el caso de Manuel, su salario como ingeniero (3.800€ mensuales) contrastaba significativamente con los ingresos de su ex esposa (1.600€ como administrativa). Esta disparidad económica fue determinante para que el juez estableciera la pensión, buscando que los menores mantuvieran un nivel de vida similar independientemente de con qué progenitor estuvieran.

El Tribunal Supremo ha reiterado en múltiples sentencias (como la STS 55/2016 de 11 de febrero) que la custodia compartida no exime del pago de alimentos cuando existe desproporción en los ingresos de los progenitores.

Casos reales donde se mantiene la pensión alimenticia en regímenes de custodia compartida

Analizando varios casos que he defendido, he identificado tres situaciones típicas donde se mantiene la pensión alimenticia a pesar de existir custodia compartida:

  1. Diferencia significativa de ingresos entre los progenitores (como en el caso de Manuel)
  2. Uno de los progenitores asume gastos extraordinarios de forma habitual (tratamientos médicos, actividades extraescolares, etc.)
  3. Uno de los domicilios genera mayores gastos para mantener el bienestar del menor (distancia al colegio, necesidad de transporte, etc.)

El caso de Elena: custodia compartida con gastos desiguales

Elena mantenía un régimen de custodia compartida con su ex marido por semanas alternas. Aunque ambos tenían ingresos similares, ella asumía todos los gastos de ortodoncia, clases particulares y actividades deportivas de su hijo. El juez estableció una pensión compensatoria a su favor precisamente para equilibrar esta desigualdad en la distribución de gastos.

¿Cómo modificar la situación de seguir pagando pensión con custodia compartida?

Si te encuentras en una situación similar a la de Manuel o Elena, existen varias vías legales para solicitar la modificación o extinción de la pensión alimenticia:

1. Procedimiento de modificación de medidas

La vía más común es iniciar un procedimiento de modificación de medidas, alegando un cambio sustancial en las circunstancias que motivaron la pensión inicial. Algunos cambios relevantes pueden ser:

  • Equiparación de los ingresos entre ambos progenitores
  • Cambios en las necesidades económicas de los menores
  • Redistribución de gastos extraordinarios
  • Modificación en los tiempos de estancia con cada progenitor

Como abogado que ha tramitado numerosos casos de modificación de pensión en regímenes de custodia compartida, recomiendo siempre recopilar pruebas sólidas del cambio de circunstancias antes de iniciar el procedimiento. No basta con alegar que «tenemos custodia compartida»; debemos demostrar que las razones que justificaron la pensión ya no existen.

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Soluciones extrajudiciales al problema de pagar pensión con custodia compartida

Antes de acudir a los tribunales, siempre recomiendo explorar vías alternativas que suelen ser menos costosas y traumáticas:

Acuerdo privado entre progenitores

La negociación directa o mediante mediación familiar puede conducir a un acuerdo privado sobre gastos compartidos. Este acuerdo puede posteriormente elevarse a escritura pública para darle validez legal. Algunos modelos efectivos que he ayudado a implementar incluyen:

  • Sistema de caja común: ambos progenitores aportan a una cuenta conjunta para gastos de los menores
  • Reparto de gastos por categorías: uno asume educación, otro sanidad, etc.
  • Compensación de gastos al final de cada mes según justificantes

Análisis jurisprudencial: ¿Por qué algunos jueces mantienen la pensión en casos de custodia compartida?

La jurisprudencia reciente muestra una tendencia clara: la custodia compartida no implica automáticamente la supresión de la pensión alimenticia. El Tribunal Supremo ha establecido que el reparto igualitario de tiempo no exime de la obligación de contribuir económicamente cuando existe desequilibrio en las capacidades económicas.

En la sentencia de 11 de febrero de 2016, el Supremo estableció que: «La custodia compartida no exime del pago de alimentos cuando exista desproporción entre los ingresos de ambos cónyuges, ya que la cuantía de los alimentos será proporcional a las necesidades del que los recibe, pero también al caudal o medios de quien los da.»

Estrategias legales para revisar la pensión cuando se tiene custodia compartida

Si estás pagando pensión a pesar de tener custodia compartida y consideras que esta situación debería revisarse, te recomiendo las siguientes estrategias legales:

  1. Solicitar un informe económico detallado que refleje los gastos reales de los menores en ambos domicilios
  2. Documentar meticulosamente todos los gastos que asumes directamente durante tus periodos de convivencia
  3. Proponer un sistema alternativo de reparto de gastos más equitativo
  4. Acreditar cambios en tu situación económica o en la del otro progenitor que justifiquen la revisión

En mi práctica profesional, he comprobado que los tribunales son cada vez más receptivos a revisar estas situaciones cuando se aportan pruebas concretas de inequidad en el reparto de cargas económicas.

Preguntas frecuentes sobre pagar pensión teniendo custodia compartida

¿Es legal que me obliguen a pagar pensión si tengo custodia compartida al 50%?

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Sí, es completamente legal. La custodia compartida no elimina automáticamente la obligación de pagar alimentos. Los tribunales valoran principalmente la proporcionalidad entre los ingresos de ambos progenitores y las necesidades de los menores, buscando garantizar un nivel de vida similar en ambos hogares. Si existe desequilibrio económico significativo, el juez puede establecer una pensión compensatoria.

¿Qué cambios de circunstancias me permitirían dejar de pagar pensión en un régimen de custodia compartida?

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Los cambios más relevantes que podrían justificar la extinción de la pensión son: la equiparación de ingresos entre ambos progenitores, la asunción equitativa de gastos extraordinarios, la modificación de las necesidades económicas de los menores, o un cambio en el régimen de estancias que implique mayores gastos para el otro progenitor. Cualquier modificación sustancial debe acreditarse documentalmente.

¿Puedo solicitar una pensión a mi ex pareja aunque tengamos custodia compartida?

Efectivamente, puedes solicitar una pensión aunque exista custodia compartida si tus ingresos son significativamente inferiores a los del otro progenitor, o si asumes más gastos relacionados con los menores. Deberás acreditar el desequilibrio económico y justificar que la pensión es necesaria para garantizar el bienestar de los hijos en ambos entornos.

Conclusión: equilibrando justicia y bienestar en casos de pensión con custodia compartida

Como hemos analizado a lo largo de este artículo, seguir pagando pensión teniendo custodia compartida no es una contradicción legal, sino una medida que busca equilibrar las posibles desigualdades económicas entre progenitores para garantizar el bienestar de los menores.

Si te encuentras en esta situación, te recomiendo analizar objetivamente si existe un desequilibrio real que justifique la pensión. En caso contrario, existen vías legales para solicitar su modificación o extinción, siempre priorizando el diálogo y las soluciones consensuadas.

Recuerda que cada caso es único y requiere un análisis personalizado. En GuardayCustodiaCompartida.com ofrecemos asesoramiento especializado para encontrar la mejor solución a tu situación particular, defendiendo tus derechos y velando siempre por el interés superior de los menores.

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